Superintendencia de Jubilaciones: piden mayor debate y advierten de “superpoderes”

El proyecto de creación de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones que promueve el Poder Ejecutivo ha generado gran polémica y varios cuestionamientos, principalmente en el gremio de jubilados que objeta algunos puntos de la propuesta que debe ser estudiada en el Congreso.

Julio López, miembro de la Asociación Nacional de Asegurados del IPS, conversó en el programa Fuego Cruzado emitido por GEN sobre el polémico proyecto de Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones.

Uno de los cuestionamientos tiene que ver con la figura y las atribuciones del superintendente de Jubilaciones y Pensiones, quien será un funcionario administrativo que, en virtud del proyecto, tendría los mismos fueros que un legislador y hasta un “blindaje jurídico” al no poder ser procesado.

Algunos afirman que este proyecto incurre en una inconstitucionalidad al exceder el alcance de un organismo como el Banco Central del Paraguay (BCP) a través de una ley, en violación al artículo 285 de la Constitución Nacional. Ello implicaría alterar el artículo 137 de la Carta Magna que habla del orden de prelación de las leyes.

Otra de las objeciones tiene que ver con las atribuciones que se confieren al superintendente de Jubilaciones para administrar inmuebles, citado en el artículo 11 del proyecto que establece el “Régimen de inversiones”. El texto señala que “las tasaciones o valuaciones de los inmuebles existentes y/o a ser adquiridos o adjudicados deberán ser realizadas por tasadores o valuadores financieros inscriptos en la Superintendencia, de acuerdo con la reglamentación aprobada por el Directorio del Banco Central del Paraguay”.

Respecto al tema, señalan que los inmuebles pertenecientes a las entidades de jubilaciones y pensiones pertenecen a los aportantes, por lo que no se puede disponer de su compra, venta, arrendamiento o negocio como establece el proyecto.

Otra punto cuestionado es el que atañe al artículo 39 del proyecto, que deroga el segundo párrafo del artículo 27 y el artículo 28 del Decreto Ley N° 1860/1950 del Instituto de Previsión Social (IPS), además de una serie de artículos de diversas normativas vigentes que guardan relación al funcionamiento de las cajas jubilatorias de diversos entes.

Julio López cuestionó las atribuciones legislativas que ostentaría el superintendente, por ejemplo, para interpretar leyes. “Estamos ante una situación preocupante y grave, es un proyecto que tiene una envergadura estructural y que pone en peligro los fondos previsionales y con ello la estabilidad y el funcionamiento de las cajas jubilatorias”.

Asimismo, indicó que hay cuestiones que no están expuestas tácitamente en el proyecto de ley, pero cuando uno analiza a fondo, una de las intenciones que se verifican en la utilización discrecional de los fondos, lo cual “va más allá del control y la fiscalización” y sería más una “apropiación de la administración y gobernanza” de las distintas cajas jubilatorias.

En su artículo 5, donde se establecen las atribuciones normativas, señala que la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones “tendrá la atribución de regular a las entidades de jubilación y pensiones mediante la emisión de normas y criterios de carácter general sobre la organización y gobernanza, dictar los criterios, límites, condiciones, lineamientos, procedimientos, metodologías y los instrumentos técnicos e informativos para realizar las operaciones administrativas, financieras, actuariales y patrimoniales”.

López también cuestiona el artículo 38, que habla del periodo de transición y establece que “las disposiciones reglamentarias que rigen la conducta de las entidades de jubilaciones y pensiones, y sus administradores, seguirán vigentes hasta tanto sean derogadas por un nuevo reglamento de la Superintendencia”. Esto significa que la carta orgánica del IPS y los estatutos de las cajas jubilatorias estarán sujetas a la reglamentación de la nueva Superintendencia de Jubilaciones.

La propuesta es que se pueda ajustar la redacción del proyecto que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, mediante una mesa de trabajo donde estén incluidos los trabajadores, jubilados, empleadores y otros representantes de instituciones involucradas.

Dos fallecidos tras choque entre bus de larga distancia y moto en Benjamín Aceval

Un aparatoso accidente de tránsito que involucró a un ómnibus de larga distancia y una motocicleta dejó como saldo dos personas fallecidas en la ciudad de Benjamín Aceval.

En la noche de ayer se registró un accidente de tránsito con derivación fatal a la altura del Km 46 de la Ruta PY09, en jurisdicción de la localidad de Benjamín Aceval, departamento de Presidente Hayes.

El percance vial involucró a un ómnibus de larga distancia perteneciente a la empresa de transporte NASA para su marca “La Golondrina” y una motocicleta de la marca Kenton modelo GL 200.

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Según menciona el informe del portal Sucesos Paraguay, aparentemente el biciclo circulaba sin las luces encendidas, motivo por el que el conductor del bus no lo vio en el camino y acabó embistiéndolo.

A raíz de la fuerza del impacto y las lesiones sufridas, falleció casi de manera instantánea el motociclista, identificado como Derlis Joel López Blanco (30), así como también su acompañante, cuya identidad aún no fue precisada por las autoridades.

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Tras el accidente fatal, tomaron intervención agentes de la comisaría de la zona, dándose aviso también al Ministerio Público para cumplir con los trámites de rigor.

Funcionarios del SNPP no acompañan cambio de carta orgánica del IPS

Los funcionarios sindicalizados del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), dependiente del Ministerio de Trabajo, expresaron su rechazo al proyecto para cambiar la carta orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS), ya que entre las modificaciones figura dejar de destinar el 2,5% de los aportes patronales al SNPP, Sinafocal y Senepa.

El licenciado Édgar Fernández, presidente del sindicato de trabajadores y funcionarios del SNPP, indicó que si bien no están ajenos a la crisis financiera que atraviesa el IPS y la necesidad de que esta institución se recupere, no acompañan el cambio que se pretende introducir a su carta orgánica.

“Entendemos la situación del IPS, pero uno de los principales coadyuvantes para formalizar el empleo es el SNPP con los egresados formados”, expuso en entrevista con Hoy Digital / Nación Media.

Los funcionarios temen que, al dejar el IPS de aportar el flujo de 2,5% de los aportes patronales que se destinan a Sinafocal, Senepa y SNPP, estos servicios queden desfinanciados y ya no puedan seguir operando. “Será casi imposible sostener las unidades operativas, porque no escuchamos que se haya propuesto aún una salida a cómo se sostenerá el SNPP”, dijo. Si bien se llegó a plantear la posibilidad de recurrir a la fuente 10 (Recursos del Tesoro), los funcionarios sindicalizados no confían en esta forma de financiamiento.

Por último, Fernández trajo a colación que la ley de creación del SNPP estableció que los empleadores aporten el 1% para ese servicio, y que se dispuso que el IPS recepcione ese aporte. “No es que el SNPP se apoderó el 1% que se aportaba al IPS, eso es totalmente falso. Sino que se agregó el 1% al IPS para que se destine al SNPP”, aclaró.

El Instituto de Previsión Social (IPS) plantea un proyecto de ley que busca modificar artículos de las normativas de los años 1957, 1967 y 2000. Estas leyes establecen que el 2,5% de los aportes patronales se transfieran al (1%) Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), (0.5%) al Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (Sinafocal) y (1%) al Servicio Nacional de Erradicación del Paludismo (Senepa).

De aprobarse el proyecto, el SNPP dejaría de recibir 200 mil millones de guaraníes (alrededor de 30 millones de dólares), lo que provocaría el corte del financiamiento de los cursos de capacitación gratuitos que ofrece, en el caso de no establecerse otra fuente de financiamiento. Esto afectaría a unas 150 mil personas, solo este año.

El IPS propone un cambio de financiamiento para estas instituciones, lo cual podría estar sujeto a créditos presupuestarios provenientes de recaudaciones y con la aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas.

Un impacto negativo que podría acarrear esta medida, es el cierre de varias unidades operativas (sedes del SNPP), lo que implicará que la institución deje de estar en todo el territorio del país. Los funcionarios temen que se produzca también una reducción de personal.

¿Qué es el aporte obrero patronal?

El Aporte Obrero Patronal consiste en 25% del Salario percibido por el Trabajador y declarado por el Empleador. El pago del Aporte Obrero Patronal se paga en conjunto por el Trabajador y el Empleador conforme a la siguiente división: Trabajador: 9% Empleador: 16% (13.5% al IPS más 2.5% asignado al SNPP, SINAFOCAL y SENEPA).

¿Desde cuándo venderá Paraguay su energía al Brasil?

Luego de más de 50 años impedimento para comercializar la energía que le corresponde, finalmente Paraguay podrá vender al mercado brasileño la potencia que no utiliza. Este cambio se da, a través del acuerdo firmado ayer entre ambos países, con la fijación de la tarifa por tres años.

La entidad Itaipú, al ser de carácter binacional, distribuye su energía en un 50 % para cada socio propietario. Sin embargo, al ser Paraguay un país que no tiene la necesidad ni la capacidad de retirar el 100 % que le pertenece, Brasil está obligado a absorber el porcentaje restante, pagando un precio en concepto de compensación de energía, no de compra.

Dentro del acuerdo de entendimiento firmado ayer entre Brasil y Paraguay, no solamente se estableció la nueva tarifa de USD 19,28 que regirá por tres años, también otros aspectos de interés para ambos, entre ellos, la habilitación a nuestro país para vender su excedente.

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“A partir de ahora ya podemos, en breve vamos a comenzar a ofertar la energía de Acaray, se puede ofertar al mercado eléctrico brasileño”, explicó el ingeniero Félix Sosa, presidente de la ANDE, durante su visita al canal Gen-Nación Media.

Por ahora, la exclusividad la mantendrá Brasil, pero respecto a la posibilidad de ventas a otros países de la región, Sosa indicó que estas ventanas pueden abrirse durante la revisión del Anexo C del tratado de Itaipú.

Durante esas negociaciones se verá la necesidad, si amerita o no, de modificar el tratado para dar luz verde a la comercialización a otros mercados.

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